Acheter un logement en Espagne depuis les Pays-Bas
Ce qu'il faut à un acheteur néerlandais en Espagne : le NIE, l'ITP par région, le crédit non-résident, l'achat par procuration et la location saisonnière.
Vila de Palafrugell, Palafrugell, Reino de España
Visite
Choisissez un ou plusieurs créneaux qui vous conviennent. L'agent confirmera l'horaire exact.
Moins d'une minute · L'agent confirme votre créneau.
Vue d'ensemble
Oportunidad sólo para inversores. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de 96 m² ubicado en Palafrugell, Girona. Se trata de un piso de 96 m² distribuidos en salón-comedor, cocina, 3 dormitorios y 1 baño. El inmueble se sitúa en el núcleo urbano de Palafrugell, con acceso por las carreteras C-31 y C-66. Dispone de comunicaciones mediante líneas de autobús interurbano. En la zona se encuentran supermercados, restaurantes, centros educativos, instalaciones deportivas, oficinas bancarias y comercios. Con nuestros servicios podrá encontrar el piso que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (v
Caractéristiques
Emplacement
Score
Proximité du métro, tramway et bus
Commerces, pharmacies et services
Écoles, parcs et aires de jeux
Rues propices à la marche
Musées, théâtres et lieux culturels
Niveaux de bruit environnemental (EEA)
Classification de la zone inondable
PIB régional et emploi
Niveaux de pollution atmosphérique (données EEA)
Parcs et espaces verts à proximité
Champs clés de l'annonce renseignés
Longueur et détail du texte de l'annonce
Nombre de photos du bien
Date de la dernière mise à jour de l'annonce
Publié il y a 3 semaines
Mis à jour 30 juillet 2026
Charges
Les chiffres vous conviennent ? Venez le visiter.
Marché
Aucune donnée de marché disponible
Comparer
L'IA a détecté que cette propriété a également été publiée sur
Ce qu'il faut à un acheteur néerlandais en Espagne : le NIE, l'ITP par région, le crédit non-résident, l'achat par procuration et la location saisonnière.
Guide pas à pas pour les acheteurs étrangers : où le demander, formulaire EX-15, taxe 790, pièces, pièges courants et la suite.
Un non-résident peut-il acheter en Europe ? Dans 8 des 12 pays, oui, sans permis. Les quatre qui encadrent les acheteurs étrangers, plus les taxes et papiers à prévoir.
Données réelles de prix affichés pour 20 villes européennes : la surface qu'achètent 200 000 €, où ce budget dépasse la médiane et le score de localisation Seeki.eu de chaque ville.
Classement selon les autorisations, le coût total, les délais et l'achat à distance. La Tchéquie mène, et quatre marchés filtrent encore un passeport hors UE.
Prix médians affichés au m² de 30 villes européennes, classées de la moins chère à la plus chère, d'après les annonces Seeki.eu en direct d'août 2026.
Ce que coûte vraiment l'achat d'un logement dans 12 pays européens : prix médians d'annonces en direct, plus les taxes et frais qui ajoutent 1 % à 16 %.
Comparatif pays par pays des prêts immobiliers pour non-résidents dans 10 marchés UE, qui prête, LTV typique, devise et obstacles.
Combien de plus se vendent les appartements rénovés face à ceux à rénover en Europe, ville par ville, et où cet écart disparaît presque.
Données réelles de loyers demandés pour 20 villes européennes : combien de m² loue 1 000 € par mois, le classement et le score d'emplacement Seeki.eu de chaque ville.
Chaque marché couvert par Seeki.eu exige un certificat énergétique avant de vendre ou louer. Son nom, sa durée, son prix, et ce qui arrive si vous vous en passez.
La plupart des portails immobiliers ne couvrent qu'un seul pays. Voici comment comparer villes, prix et annonces par-delà les frontières de l'UE, depuis un seul endroit.
Oportunidad sólo para inversores. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de 96 m² ubicado en Palafrugell, Girona. Se trata de un piso de 96 m² distribuidos en salón-comedor, cocina, 3 dormitorios y 1 baño. El inmueble se sitúa en el núcleo urbano de Palafrugell, con acceso por las carreteras C-31 y C-66. Dispone de comunicaciones mediante líneas de autobús interurbano. En la zona se encuentran supermercados, restaurantes, centros educativos, instalaciones deportivas, oficinas bancarias y comercios. Con nuestros servicios podrá encontrar el piso que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (v